Correduría Pública 67 - Constitución con inversión extranjera

Constitución con inversión extranjera

Que el capital venga del exterior no da lugar a una sociedad distinta. Se constituye una anónima, una limitada o una promotora de inversión. Lo que cambia son los documentos, los registros y los tiempos.

Alcance

Qué incluye este servicio

  • Verificación de la participación extranjera permitida para tu giro
  • Documentación de socios extranjeros: instrumento de constitución, acreditación de representantes, apostilla y traducción
  • Cláusula de admisión o exclusión de extranjeros conforme a la Ley de Inversión Extranjera
  • Inscripción en el Registro Público de Comercio y orientación sobre avisos posteriores

Casos reales

¿Cuándo lo necesitas?

Socio extranjero entra al capital

Una persona física o moral del exterior adquirirá acciones o participaciones y necesitas hacerlo conforme a derecho desde el día uno.

Fondo o inversionista internacional

Recibirás capital de un fondo que exige estructura societaria limpia, permisos vigentes y registro ante las autoridades competentes.

Operar en sectores regulados

Tu actividad está sujeta a topes o restricciones de inversión extranjera y requieres certeza jurídica sobre el esquema permitido.

Paso a paso

Cómo se realiza el trámite

  1. Análisis del proyecto

    Revisamos giros, accionistas y porcentajes extranjeros para definir si aplica permiso o aviso ante la SRE.

  2. Gestión ante SRE

    Integramos y presentamos la solicitud; damos seguimiento hasta obtener la autorización.

  3. Protocolización

    Firma de la póliza constitutiva ante el corredor público con los estatutos pactados.

  4. Registros y avisos

    Inscripción en el RPC, RFC y, en su caso, Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿El socio extranjero tiene que estar en México para firmar?

No necesariamente. Puede comparecer por medio de apoderado, siempre que el poder cumpla los requisitos de forma y de legalización. Conviene revisar el poder antes de programar la firma.

¿Cuánto tarda si los documentos vienen del extranjero?

El plazo de la constitución no cambia. Lo que se alarga es la etapa previa de obtención, apostilla y traducción, que corre por cuenta del cliente.

¿Puede una sociedad ser cien por ciento de capital extranjero?

En la mayoría de las actividades, sí. Las excepciones están en la Ley de Inversión Extranjera y dependen del sector, por lo que revisar el objeto social es el primer paso.

¿Su caso es mercantil?

Descríbanos el acto que quiere celebrar y le confirmamos si somos el fedatario que corresponde. Si no lo somos, se lo diremos.