Correduría Pública 67 - Constitución de una S. de R.L. de C.V.

Constitución de una S. de R.L. de C.V.

Es la figura de las estructuras cerradas: pocos socios que se conocen y que quieren controlar quién entra. Su capital no está representado por títulos negociables, sino por partes sociales.

Alcance

Qué incluye este servicio

  • Autorización de uso de denominación ante la Secretaría de Economía
  • Redacción de estatutos con reglas de cesión de partes sociales desde el inicio
  • Firma de la póliza constitutiva ante el corredor público
  • Inscripción en el Registro Público de Comercio y entrega de testimonio y libros

Casos reales

¿Cuándo lo necesitas?

Grupo reducido y estable

Cuando el grupo de socios es reducido y el objetivo es que no entre nadie sin el consentimiento de los demás.

Filial de matriz extranjera

Es la figura que suelen preferir las matrices extranjeras para sus filiales en México, por razones de tratamiento fiscal que conviene confirmar con el asesor fiscal.

Trazabilidad de socios

La cesión de partes sociales se formaliza ante fedatario y se inscribe. Para quien necesita acreditar con certeza quién es socio y desde cuándo, la limitada ofrece una trazabilidad que la anónima no.

Paso a paso

Cómo se realiza el trámite

  1. Consulta inicial

    Definimos denominación, objeto social, capital, reglas de cesión de partes sociales y gobierno.

  2. Proyecto de estatutos

    Redactamos el contrato social con las reglas de transmisión desde el inicio, que es donde esta figura se juega su utilidad.

  3. Firma de la póliza

    Comparecencia de socios y firma de la póliza constitutiva.

  4. Inscripción y entrega

    Inscripción en el RPC, entrega de testimonio y libros corporativos.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Por qué las empresas extranjeras suelen elegir esta figura?

Por el tratamiento que algunos regímenes fiscales extranjeros dan a esta sociedad frente a la anónima. Es una decisión que debe tomarse con el asesor fiscal de la matriz, no solo con el fedatario.

¿Se pueden transmitir libremente las partes sociales?

No. Se requiere el consentimiento de los socios que representen la mayoría del capital, y los demás socios tienen derecho del tanto. Es la característica que define a la figura.

¿Puede convertirse después en sociedad anónima?

Sí, mediante transformación, que también se formaliza ante corredor público.

¿Su caso es mercantil?

Descríbanos el acto que quiere celebrar y le confirmamos si somos el fedatario que corresponde. Si no lo somos, se lo diremos.