
Notificaciones, requerimientos y mora
Haz valer tus derechos con avisos formales: requerimientos de pago, interpelaciones y notificaciones entregados con fe pública y constancia de recepción.
Alcance
Qué incluye este servicio
- Redacción del escrito de notificación, requerimiento o interpelación
- Entrega presencial en el domicilio señalado con intentos documentados
- Acta de notificación con detalle de persona receptora y respuesta
- Copia certificada del acta para iniciar acciones judiciales si procede
Casos reales
¿Cuándo lo necesitas?
Cobrar renta o deuda
Requieres formalmente el pago antes de demandar y quieres prueba sólida del requerimiento.
Constituir en mora
El contrato no fijó fecha cierta de exigibilidad y necesitas interpelar al deudor para que corran intereses.
Avisar decisiones contractuales
Terminaciones, incumplimientos o ejercicios de opción contractual que deben notificarse fehacientemente.
Dudas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿En qué ayuda una notificación ante juicio?
Muchos procesos exigen demostrar requerimiento previo. El acta de fe pública es prueba robusta del intento y resultado de la diligencia.
¿Y si la persona no quiere recibir el aviso?
La diligencia se entiende con quien esté en el domicilio y se asienta la negativa; ese rechazo documentado suele bastar como prueba del requerimiento.
¿Pueden notificar en domicilio distinto al contractual?
Sí, aunque conviene notificar en el domicilio convencional o conocido. Nos das las direcciones y documentamos todos los intentos.
¿Necesitas poner a alguien en mora?
Requiere pagos y notifica decisiones con la fuerza probatoria de la fe pública.
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